Las personas detenidas, desaparecidas, no localizadas y localizadas en México

Columnas jueves 19 de mayo de 2022 - 00:14

Según el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, en México, del 15 de marzo de 1964 al 18 de mayo de este año (12:54 horas), existe un registro de 245,694 personas desaparecidas, no localizadas y localizadas. De estas, 100,118 son personas desaparecidas y no localizadas (40.75%). Dentro de las cuales, 74,796 son hombres, 24,806 mujeres y 516 son personas indeterminadas. 

Por otro lado, respecto del registro de personas localizadas, hay un total de 145,576 personas (59.25%). Dentro de las que fueron localizadas sin vida 9,919 personas (6.81%) y con vida a 135,657 (93.19%). Dentro de las personas localizadas con vida, 75,816 son mujeres, 59,751 son hombres y 90 personas indeterminadas. En relación con las personas localizadas sin vida, 8,456 fueron hombres, 1,450 mujeres y 13 personas indeterminadas. Para iniciar un Reporte de Personas Desaparecidas o No Localizada se puede acceder a este portal del gobierno: https://cnbreportadesaparecidos.segob.gob.mx/Pages/TerminosyCondiciones.aspx 

Por otro lado, cuando una persona ha sido detenida por las autoridades mexicanas podemos consultar el Registro Nacional de Detenciones: https://consultasdetenciones.sspc.gob.mx 

De éste, vale la pena mencionar que el pasado 20 de abril de este año se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5649525&fecha=20/04/2022) los nuevos Lineamientos del Registro Nacional de Detenciones, que tienen por objeto regular su integración, operación, conservación y funcionamiento. Asimismo, prevén los procedimientos para garantizar el control y seguimiento de la detención de todas las personas por parte de la autoridad y su objetivo principal es informar el lugar donde se encuentra la persona detenida. Señalan los lineamientos que las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno como las instituciones policiales, incluyendo a las policías de investigación o cualquier otra que realice o lleve a cabo detenciones, tienen que asegurar el registro inmediato de la detención desde el momento en que la persona se encuentra bajo su custodia. 

Por otro lado, las instituciones de procuración de justicia, y las competentes del sistema penitenciario, deben de llevar a cabo la actualización de la información en registro de todas las detenciones que reciban. En este sentido, señalan que el registro inmediato se debe realizar previo al traslado de la persona detenida. El registro no podrá exceder el término máximo de cinco horas contadas a partir de la detención material de la persona, encontrándose bajo la custodia de la institución de seguridad pública que la detuvo. 

Momento a momento la situación se complica, estas son herramientas útiles, sin embargo, aún queda mucho por hacer para combatir de fondo esta problemática. Ojalá se actúe bien y pronto.

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/CR

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