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Protección al consumidor

Protección al consumidor

Columnas jueves 18 de diciembre de 2025 -

Es oficial, ya estamos en época navideña; por todos lados hay decoraciones, música navideña y regalos. Seguramente muchos de ustedes siguen preguntándose qué obsequiarles a sus seres queridos.

Independientemente de las preferencias hacia bufandas, suéteres o libros, estas épocas festivas pueden tornarse caóticas, entre otras cosas, por los regalos. Ya sea porque no sean del agrado de quienes los reciben o, en los casos extremos, que las tiendas tengan comportamientos abusivos al no aceptar cambios ni devoluciones.

Precisamente por lo anterior, considero necesario retomar algunas de las disposiciones más importantes de la Ley Federal de Protección al Consumidor que busca salvaguardar nuestros intereses durante las compras de la temporada.

En principio, el consumidor tiene derecho a que se respeten los precios máximos legalmente establecidos en términos de la Ley Federal de Competencia Económica y a contratar servicios adicionales de manera voluntaria, es decir, el proveedor no se los puede imponer.

Otro de los derechos del consumidor es uno que lamentablemente se ve vulnerado, si no es que violado, constantemente por el personal de las tiendas: el derecho a la integridad personal.

La ley prohíbe categóricamente que los establecimientos atenten contra la libertad, seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación.

A su vez, los consumidores tienen derecho a exigir comprobantes, notas, recibos o facturas de las operaciones comerciales realizadas, así como a no recibir información publicitaria.

Sobre el papel de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), la ley establece que los consumidores podrán presentar quejas y denuncias cuando se afecten sus derechos e intereses.

Así, la PROFECO procura y representa dichos intereses de los consumidores, de igual manera los defiende de proveedores y prestadores de servicios que buscan cometer abusos en su perjuicio.

Otro derecho del consumidor es el de disfrutar en igualdad de condiciones de los servicios ofrecidos al público en general. Los establecimientos no pueden discriminar por razones de género, nacionalidad, orientación sexual, religión u otra particularidad.

Ahora bien, cuando el producto o bien adquirido presente defectos, el consumidor podrá optar por la restitución del bien o servicio, la rescisión del contrato o la reducción del precio. En caso de que el consumidor opte por la rescisión, el proveedor tiene la obligación de reintegrarle el precio pagado.

Cuando se opte por la devolución de la cantidad pagada, ésta se realizará utilizando la misma forma de pago con la que se realizó la compra pudiéndose llevar a cabo de otra manera si es que el consumidor lo acepta.

Como última columna del 2025, cierro con una breve despedida. Espero que todos tengan una Navidad muy próspera con sus seres queridos y un muy buen Año Nuevo, que todas sus nuevas metas, propósitos y sueños se cumplan.

¡Hasta el próximo año!

X: @UrieelGonz
Instagram: _urielem_

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/CR

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