Columnas
Por disposición legal, en el Padrón Electoral consta la información básica de hombres y mujeres mexicanas mayores de 18 años que presentaron su solicitud de inscripción, agrupados en dos secciones, la de ciudadanía residente en México y la de residentes en el extranjero.
Por su parte, las Listas Nominales de personas electoras son las relaciones elaboradas por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del INE (DERFE) que contienen el nombre de las personas incluidas en el Padrón Electoral, agrupadas por distrito y sección, a quienes se ha expedido y entregado su credencial para votar.
El INE tiene la obligación legal de proteger los datos personales del Padrón Electoral y de la Lista Nominal, pero a veces sucede que los duendes hacen travesuras y las bases de datos se filtran y se comercializan ilegalmente.
En alguna otra ocasión, les comenté que de ello existen varios ejemplos: en 2003 se conoció que el gobierno de los Estados Unidos adquirió el padrón que le vendió la empresa Choice Point; en 2013 se encontró el padrón en un sitio de Internet en Suecia, cuya responsabilidad se atribuyó a Movimiento Ciudadano; en 2016 el INE presentó una denuncia por la venta del padrón en Amazon; y en otra fue el caso del PRI y “Mercado Libre”, por lo cual se sancionó a este partido.
Sobre ese asunto, existe un precedente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sobre la solicitud del PRI para posponer el cobro de la multa que se le impuso.
De acuerdo con la sentencia emitida en el expediente SUP-RAP-63/2021, en febrero de 2015, el INE entregó al PRI la Lista Nominal de Revisión, en el marco del proceso electoral federal 2014-2015.
El 3 de octubre de 2018, la DERFE tuvo conocimiento que en la plataforma digital “Mercado Libre” se ofrecía a la venta la “Base de Datos INE 2018” por un costo de 2 mil pesos; este hecho se hizo del conocimiento de la Unidad Técnica de lo Contencioso del INE, pues el archivo era el que se había entregado al PRI.
El 26 de noviembre de 2020, el Consejo General del INE sancionó al PRI con la reducción del 10% del financiamiento público ordinario que le correspondía y el 4 de febrero de 2021, la Sala Superior del TEPJF confirmó la resolución.
El 9 de febrero de 2021, el partido presentó un escrito ante el INE, solicitando nuevamente que se le cobrara la multa hasta el final del proceso electoral 2020-2021. El 26 de febrero siguiente, el INE declaró improcedente la solicitud presentada.
En contra de esta determinación, el 2 de marzo del mismo año, el PRI interpuso un recurso de apelación que fue resuelto por la Sala Superior del TEPJF, determinando por unanimidad de votos, confirmar la decisión del Consejo General del INE.
Lo anterior, porque en concepto del colegiado, resultaron inoperantes los agravios que acusó el PRI (respecto a que la multa por 84 millones 388 mil 178.20 pesos, a pagar en seis mensualidades, afectaría su desempeño en igualdad de condiciones en el proceso electoral 2020-2021).
Cabe señalar que, en todos los casos, se llegó a la conclusión que los sistemas del INE no fueron vulnerados, por lo cual se comprobó que las bases de datos fueron filtradas por la falta de cuidado de los partidos políticos.
Estos temas valen la pena ser recordados, porque no sería raro que, durante el presente proceso electoral, pudieran darse nuevas filtraciones de la base de datos para intentar influir de manera anómala en las elecciones, lo cual no sería deseable; por ello, todas y todos debemos cuidar el Padrón y la Lista Nominal de personas electoras.
Plancha de quite: “El voto es preciado. Es la herramienta sin violencia más poderosa que tenemos en una sociedad democrática y debemos usarla”. John Lewis.