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Elecciones extraordinarias

Elecciones extraordinarias

Columnas martes 26 de octubre de 2021 -


Además del porcentaje de participación ciudadana una forma de medir el éxito de las elecciones es la validación de los resultados electorales por parte de las instancias jurisdiccionales. Nuestro sistema electoral prevé una última etapa del proceso donde se califica la elección y de considerarse los tribunales pueden anular los resultados y llamar a elecciones extraordinarias.

La Constitución establece las reglas generales para declarar la nulidad de las elecciones federales y locales. Las cuales pueden resumirse en que las violaciones deben ser graves, dolosas y determinantes para el resultado de la elección cuando éstas: excedan el gasto de campaña en un 5% del total autorizado; se compre o adquiera tiempos en radio y televisión; y se reciban o utilicen recursos de procedencia ilícita o públicos en las campañas.

Como sabemos el pasado 6 de junio se llevaron a cabo las elecciones más grandes de la historia de nuestro país. De los 20 mil 415 cargos de elección popular que estuvieron en disputa, hasta el momento sólo 28 han sido anulados, todos de carácter local.

En Guerrero se declaró la nulidad de la elección del Ayuntamiento de Iliatenco, por acreditarse violencia política en razón de género en contra de la candidata de MC, la primera en la historia por esta causa. En Jalisco, se anularon dos municipios Tlaquepaque y Jilotlán, en el primero por infringir el principio constitucional de separación Iglesia-Estado, y en Jilotlan por sólo existir una planilla, donde presuntamente el crimen organizado obligó a renunciar a los candidatos. Al respecto, el Congreso del Estado decidió no llamar a elecciones extraordinarias al considerar que no hay condiciones sociales y de seguridad en este municipio.

En Nextlalpan en el Estado de México, la razón de nulidad fue por actos de violencia y destrucción de documentación electoral, mismo caso, en Jesús Carranza en Veracruz; en Teotlalco, Tlahuapan y San José Miahuatlán en Puebla, y en seis municipios de Oaxaca (Santa María Xadanai, Santiago Laollaga, Santa María Mixtequilla, Reforma de Pineda, Chahuites y Santa Cruz Xoxocotlán).

En La Yesca, Nayarit no se celebró la elección, toda vez que días antes de la jornada electoral los pobladores tomaron las instalaciones del Consejo Municipal. En el ayuntamiento de General Zuazua en Nuevo León se comprobó el uso indebido de recursos públicos. En Uayma, Yucatán, se rompió la cadena de custodia de los paquetes electorales; y en cinco colonias de Tlaxcala, los motivos de nulidad son por empate técnico y por actos violentos.

Por su parte, en Chiapas, el Congreso del Estado nombró Consejos Municipales por un periodo de tres años en El Parral, Emiliano Zapata, Frontera Comalapa, Honduras de la Sierra, Siltepec y Venustiano Carranza, al considerar que no existen condiciones sociales y políticas para celebrar elecciones extraordinarias, decisión que está impugnada ante el Tribunal.

Los responsables de la organización de las elecciones extraordinarias serán los Organismos Públicos Locales en coordinación con el INE, éste último que por ley le corresponde la ubicación de casillas, capacitación y fiscalización.

Como se puede observar, el número de elecciones anuladas en comparación con la totalidad de cargos elegir es mínimo. Las causas de las elecciones extraordinarias hablan de la fortaleza de las autoridades electorales, ya que sólo una está vinculada con negligencia de estas. Preocupa que los municipios siguen siendo los más afectados por actos de violencia, situación que debe representar una alerta a las autoridades competentes para salvaguardar la seguridad de todos y garantizar el derecho al sufragio de la ciudadanía.

Viviana Islas Mendoza Colaboradora de Integridad Ciudadana, Consejera Local del INE Estado de México, Politóloga por la UAM, con estudios en Políticas Públicas, Derecho Parlamentario, Procesos Electorales, Transparencia y Violencia Política contra las Mujeres @VivianaIslasM @Integridad_AC

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