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La Poder Judicial Federal en México es muy lento

La Poder Judicial Federal en México es muy lento

Columnas jueves 29 de mayo de 2025 -

Con fecha 15 de mayo del 2025, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimosexto Circuito en Guanajuato, resolvió favorablemente el Amparo en Revisión 200/2023, a través del Secretario en funciones de Magistrado Ponente: Juan Carlos Nava Garnica y Secretario Luis Gerardo Núñez Cháirez, quienes a nombre de los (ahora jubilados) jueces magistrados José Gerardo Mendoza Gutiérrez y Alberto Augusto de la Rosa Baraibar que se tomaron 28 meses para otorgar su fallo. Dejando en firme la suspensión definitiva dictada por la Jueza Karla Marías Macías Lovera del Juzgado Noveno de Distrito en Guanajuato, con sentencia del 23 de enero de 2023, en el Juicio de amparo indirecto 585/2020-V y sus acumulados 771/2020-VI y 372/2021-VII, en contra de la instalación de un Relleno Sanitario por parte de la empresa Promotora Ambiental, S.A.B. de C.V. cuyas quejosas recurrentes Virginia Olmos Caratachea, María Elizabeth Rivera Vela, Ramona Gisela Meza Perales y Edith Liliana Mesa Cruz en representación de más de 5,000 habitantes de la comunidad de El Varal, en Irapuato Guanajuato.

Quienes no fueron tomados en cuenta en la reunión para la consulta pública de información de dicho proyecto, a la que tenemos derecho todos los mexicanos. Independientemente de que también existieron irregularidades en el otorgamiento de los permisos y autorizaciones tanto del Ayuntamiento de Irapuato como de la Secretaría de Medio ambiente y Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato, toda vez que el predio adquirido por la empresa privada Promotora ambiental, S.A.B. de C.V.. es parte de un corredor biológico que se encuentra perfectamente señalado en el Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial del Estado de Guanajuato y también en el Plan de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Irapuato. Posteriormente se supo que la compra de los terrenos para construir el relleno sanitario se realizó con engaños, al decirles a los dueños que ese predio sería para sembrar maguey.

Las autoridades responsables y recurrentes principales son: 1.- La Directora General de Asuntos Jurídicos y Representante de la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial del estado de Guanajuato. 2.-Director General de Gestión Ambiental adscrito a la Subsecretaría de Gestión Ambiental, Cambio Climático y Sustentabilidad Energética de la Secretaría de Medio ambiente y Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato.(Daniel Rodríguez Betancourt) 3.-Titular de la Procuraduría Ambiental y Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato.

Con esto, se confirma la gigantesca corrupción que existe en las instituciones encargadas dizque de cuidar el medio ambiente y nuestros recursos naturalesseñaladas en la sentencia del amparo en revisión 200/2023 emitida por José Gerardo Mendoza Gutiérrez, Presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimosexto Circuito. También nos permite concluir que los jueces y magistrados del Poder Judicial en nuestro país son muy lentos. Este amparo presentado en septiembre de 2020 tardó 4 años y 8 meses en hacer valernuestro derecho a la información.

*Carlos Alvarez Flores, Presidente de México, Comunicación y Ambiente, A.C.

Experto en Gestión de Residuos y Cambio Climático

www.carlosalvarezflores.com y Twitter @calvarezflores


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