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La justicia constitucional en 2022

La justicia constitucional en 2022

Columnas jueves 06 de enero de 2022 -


La democracia constitucional no es un realidad permanente que podamos dar por sentada de manera definitiva. Por el contrario, como nos alertó en su día Sartori, se trata de un sistema de organización social, política y jurídica por el que todos los días debemos dar la batalla para preservarlo.

En este 2022, nuestra democracia constitucional viene en franco debilitamiento, especialmente, por las visiones polarizadas e irreductibles de grupos políticos y sociales que desde hace años han secuestrado la “verdad” en nuestro país, presentando sus ideas, perspectivas y argumentos como dogmas de fe.

Especial daño ha hecho a nuestra democracia constitucional que, desde el poder, se rechace la reconciliación, sea dinamitada la construcción de consensos en aquello que estamos de acuerdo, y se desprecien la tolerancia y el pluralismo. Igual daño ha causado la revitalización de la figura de partido hegemónico, las mayorías parlamentarias aplanadoras y la vuelta a un Ejecutivo que concentra cada vez más poder, debilita los contrapesos, descalifica a otras voces –cuando no comparten su visión o la critican- y busca cercar la libre circulación de las ideas y la deliberación.

Frente a este panorama ¿qué papel debe adoptar la justicia constitucional en el 2022?

En primer lugar, el Poder Judicial de la Federación debe cubrir, ya sin ambigüedad alguna, su papel en la educación cívica y la orientación cultural de nuestra sociedad. Sus sentencias deben enviar poderosos mensajes a las personas sobre qué comportamientos sí son aceptables en nuestra sociedad y cuáles no, estableciendo de manera pedagógica la diferencia entre la voluntad que mueve la conducta humana en los hechos, y la razón que rige ese comportamiento en el Derecho, especialmente, cuando están involucrados valores jurídicos relevantes reconocidos en los derechos humanos.

En segundo término, frente al poder público, la justicia constitucional debe centrar su papel en obligar a las autoridades a que cumplan, más allá de sus criterios de oportunidad o rédito electoral, el compromiso político que tienen con los derechos humanos surgidos de la reforma constitucional de 2011.

Si bien, no corresponde a los tribunales federales sustituir a las autoridades en la toma de decisiones, ni determinar el contenido de las leyes o la orientación de las políticas públicas, lo que si les compete es verificar que las elecciones políticas que han hecho los órganos de poder tengan cabida en las opciones que nuestra Constitución otorga al respecto, y solo en el caso de que no sea así, invalidar la forma jurídica elegida –que no la opción política-, señalar cuáles son sus deficiencias y establecer su corrección.

Ese es el papel de la jurisdicción constitucional, ni más ni menos, que debe ser respetado por todas las partes, porque parafraseando al Ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos de América, John Roberts: los tribunales no tienen fuerza ni voluntad, sino simplemente juicio, precisamente el juicio que les confiere la Constitución.

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/CR

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