Por José Víctor Rodríguez, periodista
La sentencia emitida recientemente por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México en el sentido de reasignar dos diputaciones locales a igual número de varones en perjuicio de dos mujeres que ya habían obtenido su constancia de mayoría, pone al órgano electoral en una situación muy comprometida especialmente porque “vulnera los derechos de las mujeres al limitarles su participación política y sienta un grave precedente que podría derivar en la vulneración del principio de equidad en el Congreso capitalino.
Todo ello resulta, después de que el pasado 12 de junio, el Consejo General del Instituto Electoral capitalino declaró la validez de la elección de la diputación migrante –electa por el principio de representación proporcional- y su asignación al PAN, además de que declaró la validez de la elección de diputados por representación proporcional y llevó a cabo la asignación de las diputaciones electas por dicho principio en el proceso electoral pasado.
Así las cosas, y con base en los acuerdos aprobados por el Consejo General, las diputaciones locales de representación proporcional del PAN y Morena quedaron asignadas de la siguiente manera: Partido Acción Nacional: 10 diputados plurinominales, de los cuales cinco son hombres y cinco mujeres; Movimiento de Regeneración Nacional: 14 diputados plurinominales, de los cuales siete son hombres y siete mujeres
Si se considera que 20 mujeres fueron electas como legisladoras locales por el principio de mayoría relativa y 14 accedieron por la vía de la representación proporcional, la integración total del Congreso quedó solventada con una representación mayoritaria de mujeres al ser, de las 66 curules, 34 para mujeres y 32 para hombres.
Sin embargo, la Consejera Electoral Erika Estrada Ruiz, señaló en su sentencia que “la presencia mayoritaria de las mujeres en el Congreso local, de conformidad con el artículo 15 de los Lineamientos de Asignación, no implica afectación a la paridad igualitaria”.
En tanto que la consejera electoral Carolina del Ángel Cruz puntualizó en su sentencia que “que la asignación de diputaciones de representación proporcional fueron asignadas por el IECM apegándose por completo a las normas en la materia, así como haciendo valer las acciones afirmativas implementadas por ese organismo autónomo para garantizar la paridad de género”.
Sin embargo, estos acuerdos aprobados por el IECM fueron impugnados por diversos actores y partidos políticos, de tal forma que fueron remitidos al Tribunal Electoral de la Ciudad de México 168 impugnaciones sobre los resultados de las elecciones locales del 6 de junio.
Cabe destacar que el pasado 2 de agosto de 2021, el Tribunal Electoral de la Ciudad de México dictó sentencia (TECDMX-JEL-204/2021) en el que dicho órgano jurisdiccional modificó las listas definitivas de Morena, PAN y PVEM, con lo que el legislativo local mantendrá en la segunda legislatura paridad de 33 diputadas y 33 diputados.
Con ello, se revocaron las constancias de mayoría que habían sido expedidas a dos mujeres, para ordenar al IECM asignarla a hombres.
En el caso de Morena se revocó la constancia de mayoría de Isabela Rosales Herrera y se asignó al actual vicecoordinador de la bancada, José Luis Rodríguez Díaz de León; en tanto que en el caso del PAN se revocó la constancia a Frida Jimena Guillén Ortiz, quien será sustituida por Rodrigo Miranda Berumen, nos dicen que es gente cercana al presidente del PAN en la CDMX, Andrés Atayde, ambos del equipo Romero.
Estaremos pendientes de la nueva sentencia.