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México y la Convención sobre la Protección de los DDHH de las Personas Mayores

México y la Convención sobre la Protección de los DDHH de las Personas Mayores

Columnas martes 13 de diciembre de 2022 -

El 15 de junio de 2015 se adoptó en Washington la «Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores». Este instrumento internacional es de vital relevancia ya que tiene por objetivo promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor.

Ante esto, el día de ayer dio a conocer el Senado de la República que sus Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores, de Desarrollo y Bienestar Social, así como de Organismos Internacionales, avalaron el dictamen por el que se aprueba la convención en comento.

En México, según la «Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo Nueva Edición» [ENOE] del INEGI, para el segundo trimestre de 2022 se estimó que en nuestro país residían 17 958 707 personas de 60 años y más. Lo que representa el 14% de la población total de nuestro México. Vale la pena destacar que, de conformidad con la referida encuesta, de esta cifra, más de la mitad (56%) tiene entre 60 y 69 años. Por otro lado, el 30% corresponde al rango de 70 a 79 años y 14% a las personas de 80 años y más. Asimismo, son Población Económicamente Activa [PNEA] 33 de cada 100, de las personas de 60 años y más.

Ante estos datos y por la necesidad de mejores condiciones de esta población celebramos esta convención ya que, establece y desarrolla como sus derechos protegidos: la igualdad y no discriminación por razones de edad, la vida y a la dignidad de la vejez, la independencia y la autonomía, la participación e integración comunitaria, la seguridad y una vida sin ningún tipo de violencia, el no ser sometido a tortura ni a penas o tratos cueles, inhumanos y degradantes, a brindar consentimiento libre e informado en el ámbito de salud, a los derechos de la persona mayor que recibe servicios de cuidado a largo plazo, a la libertad personal, libertad de expresión y de opinión y al acceso a la información, a la nacionalidad y a la libertad de circulación, a la privacidad e intimidad, la seguridad social, al trabajo, a la salud, a la educación, a la cultura, a la recreación, al esparcimiento y al deporte, a la propiedad, a la vivienda, a un medio ambiente sano, a la accesibilidad y a la movilidad personal, derechos políticos, a la reunión y asociación, derechos ante situaciones de riesgo y emergencias humanitarias, de igualdad reconocimiento como persona ante la ley y acceso a la justicia.

Esperemos que, de continuar con sus trámites constitucionales para su obligatoriedad interna en México, se respete en su totalidad este instrumento para que mejoren las condiciones de vida de las personas mayores en nuestro país.


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