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Recuperar a la CNDH: mi juicio de amparo

Recuperar a la CNDH: mi juicio de amparo

Columnas viernes 16 de octubre de 2020 -

Hace algunas semanas escribí, en este mismo espacio, que un Tribunal Colegiado de Circuito ordenó a un juez federal en la Ciudad de México admitir mi demanda de amparo en contra de la designación de María del Rosario Piedra Ibarra como presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos realizada por el Senado de la República.

En la demanda de amparo reseñé las violaciones más evidentes cometidas a lo largo del procedimiento por el Senado para nombrar a la señora Piedra a cargo de la CNDH.

El asunto sigue avanzando, pues el día de ayer, 15 de octubre de 2020, el Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa, admitió a trámite mi demanda de amparo. Se trata de un hecho histórico, pues nunca antes se había admitido una impugnación en contra del nombramiento mencionado, que resulta de fundamental importancia para el funcionamiento del Estado de derecho en México.

La admisión de la demanda ya es un gran triunfo jurídico, pues en sí misma establece un precedente disuasivo. Sin duda en el futuro, independientemente de cuál sea el resultado final de mi juicio de amparo, las autoridades legislativas encargadas de realizar ese tipo de nombramientos, se tomarán menos licencias constitucionales y legales para llevar a cabo las graves labores que tienen encomendadas al nombrar a las personas a cargo de los puestos más relevantes de la República.

Al día de hoy, tanto el Senado de la República, como la señora Piedra Ibarra, deben haber sido ya notificados por el juez de distrito de la existencia del juicio de amparo en contra del escandaloso proceso de nombramiento. Eso también, en sí mismo, marca un precedente, pues ni el Senado, en ninguna de sus integraciones anteriores, ni alguno de los titulares anteriores de la Comisión Nacional, habían tenido en sus manos una notificación judicial que los obliga a ir al juzgado a defender las decisiones que tomaron. Desde mi punto de vista, se tratar de otro triunfo histórico para todas las personas que queremos nombramientos impolutos, libres de reproches en los encargos públicos.

Una vez con el asunto en su cancha, el Juez de Distrito tomó una primera determinación: negarme la suspensión provisional que le solicité expresamente por escrito en ejercicio de los derechos que me concede la Ley de Amparo. En su opinión, la suspensión provisional no se puede conceder porque se trata de actos consumados y, el otorgarme la suspensión, sería un pronunciamiento de su parte en relación con el fondo del asunto, generando derechos indebidamente en mi favor.

En uso de sus atribuciones, el juez ha fijado ya una fecha la próxima semana para que se lleve a cabo la audiencia incidental, tras lo cual habrá de resolver si concede o no la suspensión definitiva, por lo que habré de comparecer con mayores argumentos y razones constitucionales, con el fin de colaborar legítimamente para que el juez tome la mejor decisión en relación con la suspensión definitiva. Estoy confiado en que el peso de esas razones jurídicas, ameritarán una nueva reflexión por parte del juez de distrito en relación con su decisión inicial.

En todo caso, lo cierto es que no me daré por vencido. Con toda civilidad, usaré todas las herramientas que me otorgan las leyes para defender mis derechos, pues entiendo que la admisión de la demanda de amparo representa la apertura de una especie de portal a una nueva dimensión en la defensa de los derechos que tenemos todas y todos a que las autoridades se porten bien, sin violar las restrictivas reglas que las obligan a actuar democráticamente, con transparencia, sin abusos, ni chanchullos.


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