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SCJN sobresee controversia de Cofece sobre Ley de la Industria Eléctrica

SCJN sobresee controversia de Cofece sobre Ley de la Industria Eléctrica

Nación martes 19 de abril de 2022 -

Claudia Bolaños

Este lunes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación retomó el análisis de las controversias constitucionales presentadas en contra de la Ley de la Industria Eléctrica que la semana pasada declaró constitucional, y en la que sobreseyó la interpuesta por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

Seis ministros consideraron que carece de interés legítimo para controvertir los artículos de la Ley, ya que ésta no afecta de manera directa a sus atribuciones y tampoco sobre el sector eléctrico.

Los ministros no entraron a estudiar los reclamos de la comisión, pues consideraron que la legislación no afecta su esfera de competencia y no tiene legitimación para activar el juicio.

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena dijo en su intervención que la Cofece no tiene relación jurídica con los derechos constitucionales que podrían estar en riesgo, pues se limita a la competencia, no para reclamar la serie de artículos que presentó en su demanda.

Los ministros debatieron sobre cómo computar los votos para abordar el proyecto de sentencia, pues hubo una diferencia de la mayoría sobre la forma en que se construyó el proyecto y en el debate en vivo tuvieron que precisar las normas impugnadas (lo que se hará de manera definitiva en la sentencia).

El pleno decidió no seguir el proyecto de la ministra Loretta Ortíz Ahlf, quien consideró que Cofece sí era parte legitimada para activar el juicio constitucional.

Pero en su análisis de fondo, la ley no afecta la competencia, y por ello se determinó que no había materia.

En su demanda, la Comisión argumentó que la Ley de la Industria Eléctrica es contraria al régimen de competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad.

“Esta Comisión Federal no tiene interés legítimo para accionar la controversia constitucional, pues en realidad lo que se pretende es defender los principios constitucionales de competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación de electricidad y en la comercialización de ésta, lo cual, desde mi punto de vista, no incide en una afectación a sus competencias de forma directa, máxime porque esta Comisión no tiene participación alguna en el mercado eléctrico”, apuntó el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

Una minoría de ministros consideró que la Cofece sí tenía facultades para llevar el tema a la Corte y que se debía analizar su planteamiento.

“Entiendo que sí tiene competencia en el campo eléctrico. Donde no tiene es en telecomunicaciones, pero que es la exclusión constitucional, pero claro que tiene competencia en el mercado eléctrico. Se contará con facultades necesarias para cumplir eficazmente con su objeto, entre ellas, la de ordenar medidas para eliminar las barreras de competencia, la libre concurrencia, regular el acceso a insumos esenciales como es la red nacional de distribución, ordenar la desincorporación de activos, derechos, etcétera. Por lo tanto me parece que un interés legítimo sí lo tiene porque en el momento en que ejerce unas atribuciones en mercado abierto, no hablo de otro tipo de mercados, le tocará sancionar y llevar a cabo las investigaciones sobre barreras a la competencia y al libre comercio”, señaló el ministro Javier Laynez.

Al inicio de la sesión se anunció que el Pleno de la Corte votará, hasta este martes, el acta de la sesión del 7 de abril en la que desestimó la acción de inconstitucionalidad promovida contra la Ley de la Industria Eléctrica.


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JA/CR

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