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Simplificar el litigio electoral

Simplificar el litigio electoral

Columnas viernes 08 de enero de 2021 -

Moisés Vergara

En materia punitiva, existe un Código Nacional de Procedimientos Penales que facilita el trabajo a los abogados, pues les permite atender sus litigios con las mismas reglas procesales en todo el país.

En el caso de la materia electoral, es urgente que se expida de igual manera una Ley Procesal Electoral Nacional, la cual tenga aplicación en todo el país y simplifique el número de juicios y recursos a solo dos: un juicio electoral y un recurso de apelación.

En la actualidad existe una Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que norma los juicios y recursos en la materia federal, y 32 disposiciones de carácter procesal electoral, algunas como ley independiente, y otras más dentro de los códigos y leyes electorales, cada una de ellas con sus propias particularidades en cuanto a número y denominación de los juicios y recursos, y en cuanto al plazo para su interposición, lo cual complica la presentación de los medios de impugnación a nivel nacional, toda vez que es necesario revisar cada legislación en lo particular, pues en ocasiones son distintos.

En diversos foros hemos propuesto la necesidad de que el litigio electoral se simplifique a efecto de que esté al alcance de todas las personas y no únicamente de los especialistas.

En ese sentido, además de la Ley Procesal Electoral Nacional, es urgente que se incluya en la misma lo relativo a los juicios y notificaciones en línea que, junto con el expediente digital, abonarían a que la justicia comicial fuera más expedita.

Aunado a lo anterior, también debe explorarse la pertinencia de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pueda revisar las sentencias de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, pues es evidente que la presente integración ha emitido diversos fallos que, por lo menos desde mi punto de vista, son polémicos en cuanto a los criterios sustentados y a la competencia asumida, que sería sano fueran revisados por una instancia superior.

Por otra parte, y ya entrados en propuestas, sería deseable que el próximo Congreso de la Unión hiciera una labor de reingeniería para rediseñar el actual modelo, y se suprimiera a los tribunales electorales locales y a las salas regionales, para contar únicamente con una Sala Superior y 32 salas estatales, ambas con autonomía; de esa manera se adelgaza la burocracia, se simplifica la cadena impugnativa, y se garantiza la existencia de dos instancias.

Algunos especialistas al leer esta columna, no podrán evitar la tentación de esgrimir alguna crítica, tal vez constructiva, tal vez no, pero más allá de eso, lo importante es empezar a generar el debate. ¿Usted qué opina?

Plancha de quite: “Los hombres pueden hacer leyes para poner trabas y obstaculizar la votación, pero no pueden impedir o retardar el crecimiento y la maduración de nuestra conciencia”. Booker Taliaferro Washington.


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/CR

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