Tres hermanas enfrentan un juicio en contra de su hermano en los juzgados de lo familiar de la ciudad de México, en el que se disputan la considerable herencia de su madre. Todos ellos son vecinos, los divide una barda. El hermano se jacta que su abogada tiene apalabrada la sentencia que dictarán los magistrados que integran el Décimo Tercer tribunal colegiado en materia civil del primer circuito.
Las denunciantes señalan que poderosa abogada en el sexenio de Peña Nieto, patrocina a un cliente que falsificó un testamento supuestamente otorgado el 15 de julio de 2012 ante el notario público número 126 del Estado de México para beneficiarse de la herencia que su madre ya había dictado anteriormente en beneficio de sus hijas Alicia, Rosa María y Teresa, todas ellas de apellidos Jiménez Garcés.
Cuarenta y cinco días antes de la fecha de este supuesto testamento, la señora Guadalupe Garcés Galicia estuvo internada en el hospital público Darío Fernández por una serie de padecimientos crónicos con diagnóstico de síndrome coronario agudo, angina inestable, cardiopatía mixta, isquémica hipertensiva, diabetes mellitus, hipertensión arterial sistémica, insuficiencia mitral, con un pronóstico malo para la vida. El 30 de abril de 2012 fue dada de alta bajo la figura del mayor beneficio, lo que significa que el hospital ya no podía proporcionar servicios de mejoría o curación ante enfermedades incurables y para que el paciente pase el resto de sus días en su casa y familia.
Cuando fue dada de alta, los médicos recomendaron oxígeno paranasal, reposo absoluto y asistencia de un familiar las 24 horas del día. El pronóstico fue muerte súbita.
En estas condiciones de salud, resulta que el 15 de julio de 2012 la paciente Guadalupe Garcés Galicia, por su propio pie, fue a otorgar un testamento con el notario público No. 126 en Chalco el Estado de México en el que designó como único heredero a su hijo Jorge Jiménez Garcés y en el que se asentó que la señora lo leyó antes de firmarlo. Este dato es importante porque el artículo 6.129 del código civil del Estado de México dispone que cuando la persona no sepa leer ni escribir uno de los testigos firmará en su nombre.
Las hermanas Alicia, Rosa María y Teresa Jiménez Garcés demandaron la nulidad del testamento ante el juzgado 38 familiar de la ciudad de México en el expediente 27/2018 y argumentaron que su madre no sabía leer ni escribir, que se inobservó el artículo 6.129 del código civil del estado de México y que era inviable que ella haya acudido por su propio pie ante un notario público del Estado de México porque su grave estado de salud no se lo permitía. Señalaron que el notario público 126 del Estado de México vendió la fe pública, y para acreditarlo exhibieron un poder otorgado ante este notario por el padre de ellas el 2 de marzo de 2012 cuando éste había fallecido el 16 de noviembre de 2010.
Entre las pruebas presentaron los expedientes clínicos de hospitales públicos que corroboraron el grave estado de salud de la señora Guadalupe Garcés Galicia y ofrecieron una prueba pericial médica, la cual concluyó que no era posible que en ese estado de salud haya acudido a otorgar un testamento hasta el Estado de México. Los expedientes clínicos describen que la paciente no sabe leer ni escribir.
Señalaron que el gobernador del Estado de México Eruviel Ávila revocó la función notarial de este notario por la falta de probidad, lo que fue publicado en la gaceta del Estado el 23 de junio de 2017.
También presentaron un testamento que años antes, el 27 de junio de 2005, la señora Guadalupe Garcés Galicia otorgó ante el notario público No. 38 de la ciudad de México en el instrumento público No. 163.016. En este testamento su madre nombró como herederas de todos sus bienes a sus hijas Alicia, Rosa María y Teresa Jiménez Garcés. Este notario asentó que la testadora no sabía leer ni escribir. Este es un testimonio de calidad, tanto de la voluntad de la testadora como de que ella no sabe leer ni escribir.
Un perito médico perteneciente a la secretaria de salud de la ciudad México, con el carácter de perito tercera en discordia, dictaminó que no era posible que la señora Guadalupe Garcés Galicia asistiera por su propio pie a otorgar un testamento porque su estado de salud no se lo permitía.
El juez familiar dictó sentencia y declaró la nulidad de ese testamento. La Segunda sala familiar de la ciudad de México confirmó la sentencia el 21 de agosto de 2019 en el toca No. 1270/2019-2.
El señor Jorge Jiménez Garcés interpuso juicio de amparo y designó nuevos abogados entre los que destacan la que fuera designada secretaria técnica para la implementación de sistema acusatorio la Dra. Fromow Rangel. Este amparo No. 762/2019 fue resuelto el 19 de febrero del 2020 por el Décimo Tercer tribunal colegiado en materia civil con sede en la ciudad de México con un argumento insostenible; ordenó reponer el juicio para que sea citado el notario público No. 126 del estado de México, no obstante que dejó de ser notario público desde el 23 de junio de 2017. No era posible llamar a juicio al notario porque ya no existe, dejo de serlo; así lo acreditaron desde el inicio de su demanda con la publicación de la gaceta del Estado de México.
Se repuso el procedimiento y se llamó a juicio al notario público No. 126 pero la secretaría de justicia y el colegio de notarios del Estado de México informaron al juez 38 familiar que eso no era posible porque el notario público No. 126 dejó de existir desde el 23 de junio de 2017. El juez 38 familiar nuevamente dicto sentencia declarando la nulidad del testamento por inobservancia del artículo 6.129 del código civil del Estado de México porque el notario público debió actuar con testigos instrumentales porque la testadora Guadalupe Garces Galicia no sabía leer ni escribir, además de que era inviable que, por su grave estado de salud, haya acudido al notario público a otorgar el testamento.
Nuevamente la Segunda sala familiar en el toca 833/2021-3 dictó sentencia el 26 de agosto del 2021 y volvió a confirmar la nulidad del testamento.
El señor Jorge Jiménez Garcés otra vez interpuso juicio de amparo y le corresponde resolverlo al Décimo Tercer Tribunal colegiado en materia civil en el expediente No. 514/2021.
Las hermanas Alicia, Rosa María y Teresa denuncian que se avecina un acto de injusticia en el poder judicial federal por las relaciones de poder de la abogada de su hermano, quien públicamente se ha jactado que ella tiene apalabrada la sentencia con una de las magistradas. Hacen un llamado al consejo de la judicatura federal para que eviten un acto de corrupción en el que la balanza de la justicia se incline en favor de quien ostenta gozar de poder político y de relaciones con jueces y magistrados federales.
Los magistrados del Décimo Tercer tribunal colegiado del primer circuito son José Rigoberto Dueñas Calderón, María Concepción Alonso Flores y Judith Moctezuma Olvera.