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USO DE MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO URBANO PARA LA COLOCACIÓN PROPAGANDA

USO DE MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO URBANO PARA LA COLOCACIÓN PROPAGANDA

Columnas lunes 15 de abril de 2024 -

Durante el periodo de las campañas electorales, que terminarán el próximo 29 de mayo de 2024, uno de los grandes temas, es el uso de los elementos de mobiliario y equipamiento urbano por parte de los partidos políticos, sus candidaturas y candidaturas sin partido, para la colocación y fijación de su propaganda electoral. Por tal motivo, el IECM aprobó los criterios que regularán tal actividad.

Recordemos que el mobiliario urbano, son todos aquellos elementos urbanos complementarios, ya sean fijos, permanentes, móviles o temporales, ubicados en vía pública o en espacios públicos que sirven de apoyo a la infraestructura y al equipamiento urbano y que refuerzan la imagen de la ciudad.

La propaganda electoral que se exhiba o difunda en la vía pública debe respetar al medio ambiente y el paisaje urbano y, en cualquier caso, no podrá utilizarse para adherir o pegar propaganda electoral, material adhesivo que dañe el mobiliario urbano, como engrudo, pegamento blanco, cemento, o cualquier elemento que dificulte su remoción.

Estos Criterios por tanto, establecen normas específicas sobre cómo los partidos políticos y candidaturas pueden colocar y fijar propaganda electoral en elementos de mobiliario urbano. Se detallan asimismo, los procedimientos necesarios para obtener permisos y autorizaciones para la colocación de propaganda electoral en mobiliario urbano, asegurando que se respeten las regulaciones establecidas.

Además, se establecen las restricciones y los límites claros sobre el tipo de mobiliario urbano que puede ser utilizado para la colocación de la propaganda electoral, así como las áreas específicas donde ésta colocación está permitida o, en su caso, prohibida.

Es importante mencionar que se debe proteger, respetar, procurar, recuperar y regenerar el espacio público en la Ciudad de México. Garantizar el derecho a las personas ciudadanas a un entorno natural y urbano sostenible que propicie una mejor calidad de vida y libre desarrollo de la ciudadanía, garantizando su seguridad, la percepción armónica de la imagen urbana y el disfrute del paisaje urbano. Evitar el abuso de elementos no arquitectónicos que alteran el espacio público o que generen sobreestimulación visual agresiva y/o invasiva. Salvaguardar la integridad física y patrimonial de las personas, así como la infraestructura vial y de servicios de aquellos riesgos que pueden representar medios publicitarios en exteriores, de conformidad con las normas en materia de gestión integral de riesgos y protección civil.

De igual modo, se especifican las posibles sanciones que enfrentarán los partidos políticos y candidaturas en caso de incumplir con las regulaciones establecidas.

Finalmente, se prevén los mecanismos de vigilancia y supervisiónnecesarios para garantizar el cumplimiento de la normativa.


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