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Justicia y sociedad

Justicia y sociedad

Columnas jueves 29 de junio de 2023 -

En la entrega anterior en esta páginas, reflexionaba acerca de que la justicia constitucional se legitima cuando dicta sentencias con una motivación basada en elementos objetivos, científicos y, por tanto, racionales.

Siguiendo por esta línea, es inegable que también la justicia constitucional se legitima cuando tiende y materializa una vinculación efectiva con colectivos sociales y organizaciones civiles que defienden los #DDHH de los grupos vulnerables y minorías.

La justicia constitucional, especialmente la SCJN, debe ser una aliada de los colectivos sociales y organizaciones civiles y grupos de personas vulnerables que viven en la marginalidad jurídica, a través de una política institucional de diálogo que permita estrechar la enorme distancia que existe entre la SCJN y quienes padecen condiciones desfavorables y discriminatorias, en muchos casos interseccionales, que en buena medida tienen su origen en el propio sistema normativo, cuyos operadores lejos de reconocer y resolver los factores de desigualdad de aquellos grupos de la población, los ignoran y fomentan.

Si a esta realidad agregamos la enorme dificultad que estos grupos enfrentan para acceder a la justicia, a efecto de que los tribunales restauren la vulneración de los derechos que les aseguran las condiciones mínimas de una vida digna; y que la justicia funciona de manera lenta, obstaculizadora y con su propio lenguaje y lógica inequitativa, es evidente que la cercanía de la justicia constitucional con estos colectivos no solamente es conveniente, sino necesaria para atender pronto sus reclamos, pero además, para legitimar las decisiones relevantes que sobre esas colectividades se toman.

¿Cómo dictar de mejor manera sentencias que implementen y apliquen eficazmente los medios de compensación que permitan subsanar las posiciones de desventaja social? Parece que la respuesta más óptima es: dedicando tiempo a establecer un diálogo auténtico y fluido con las víctimas, los colectivos y organizaciones sociales y los interesados en estas causas, pues ello permitirá tener un pulso más preciso sobre el contexto y la visión estratégica que deben adoptarse en la SCJN para la discusión y resolución de estos asuntos, además de alcanzar una mayor legitimidad y coherencia.

Para ello, debemos recuperar la cercanía de la justicia constitucional con las personas más desaventajadas, pues una justicia sensible y empática que resuelva las disputas y equipare a una sociedad tan desigual como la mexicana, exige mucho más que juezas y jueces independientes e imparciales, pues requiere juzgadores sensibles que entiendan, en corto y al ritmo de la calle, qué es lo que realmente viven las personas que sufren algún tipo de discriminación y abuso.

Se trata pues, como en su día apuntara Ferrajoli, que la justicia coadyuve eficazmente a que otro mundo, uno equilibrado, sin exclusiones, sin desigualdades, sin odio, sin guerras, en paz, sin la perversidad de despreciar los derechos de l@s más débiles, sea posible no solo teórica, sino materialmente.



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/CR

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