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Realidades paralelas

Realidades paralelas

Columnas martes 04 de agosto de 2020 -

No seré una mujer libre mientras siga habiendo mujeres sometidas
(Audre Lorde)
Quienes no se mueven no notan sus cadenas
(Rosa Luxemburgo)



Parece increíble que al paso del tiempo, México haya adquirido competencias normativas, sociales y democráticas de alta relevancia para demostrar su visión progresista en materia de derechos humanos para la comunidad LGBT+ y, al mismo tiempo, nos muestre con empeño su incapacidad para aminorar las desigualdades sociales, reconocer los derechos humanos de las mujeres violentadas en el país y el nulo desinterés por resolver a su favor.
Me explico. El pasado 24 de julio el Congreso de la CDMX aprobó reformas al Código Penal que tipifican como delito las “terapias de conversión”, las cuales se caracterizan por ser tratamientos que violentan de manera física, emocional y psicológica a las personas de la comunidad LGBT+, con la idea inaceptable de “curar” su homosexualidad o lesbiandad.
La aprobación en comento, es una victoria para la procuración y respeto de la libertad para decidir la preferencia, orientación sexual o identidad de género con la que la persona se sienta cómoda o identificada; es una forma de visibilizar las diversas posibilidades que la vida sexual-afectiva ofrece y se convierte en una muestra de un país que avanza hacia el progreso y el reconocimiento de la libertad sexual, sin limitarse a las definiciones heteronormadas. Celebro la progresión de pensamiento y legislación pro derechos y libertades sexuales.
Al mismo tiempo, el panorama se nubla con el retroceso al que nos llevó la Suprema Corte de Justicia de la Nación, (SCJN), el pasado 30 de julio. Con cuatro votos en contra y uno a favor, la Primera Sala desechó el proyecto del ministro José Luis González Alcántara Carrancá, que pretendía ordenar al Congreso de Veracruz modificar su Código Penal para despenalizar el aborto.
Ese día, se elogió el Frente Nacional por la Familia que, en argumentos débiles y carentes de sentido común, aseguran que ganó la vida.
La confronta de argumentos permite evidenciar que el “No” de la SCJN, contribuye a que la tasa de embarazos no deseados siga siendo un problema de salud pública en incremento; demostró la imposibilidad de reconocer que el aborto no es un delito, pero la violación sí y con tristeza se debe mencionar que niñas menores de 12 años son obligadas a ser madres en circunstancias como ésta; que tener un hijo/a no es una bendición en casos de agresión sexual, marginación y desigualdad social. La SCJN lleva en el nombre la promesa utópica de “Justicia” esta vez corrompida por la subjetividad, moralidad y escaso criterio. Pareciera que transitamos en realidades paralelas en dimensiones disociadas


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