En nuestro país se alimenta, convive y reproduce la violencia, lo que normaliza la venganza. Unos ejemplos: Los periódicos más vendidos en México retratan en sus portadas personas desfiguradas y despojadas de dignidad. Los cantantes que hacen apología de feminicidios tienen millones de seguidores en redes sociales. Las ejecuciones o linchamientos se justifican socialmente por asumirse que son rateros, andar en malos pasos, o ser raros. Hay indiferencia social por el asesinato de reos en motines porque se asume que están ahí para pudrirse. Aunque esto es cotidiano, no puede ser así para siempre. Los cambios culturales llevan su tiempo y el Derecho deber ser un instrumento del cambio social y justicia.
En las últimas semanas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación [SCJN] ha emitido dos resoluciones que declararon la inconstitucionalidad e invalidez de diversas normas: la primera, la de castigar con prisión a las mujeres que abortan en Coahuila; y la segunda, la invalidez de las normas que calificaban como amenaza a la seguridad nacional, y en consecuencia, ameritaban prisión preventiva oficiosa, los delitos de defraudación fiscal, contrabando, y los relacionados con comprobantes fiscales falsos.
En el primer caso, pese a la normativa internacional que establece el derecho a decidir y la libertad sexual y reproductiva para las mujeres, en México se les ha impuesto la carga moral, social y jurídica de ser encarceladas si desean interrumpir su embarazo. Ser mujer, pobre y abortar, es cargar con una triple cruz de escarnio social. Pero en menos de quince años, la SCJN ha cambiado su postura, acorde al cambio social que se ha gestado en México.
En el segundo caso, la SCJN consideró que el legislador federal exageró al calificar la defraudación fiscal, el contrabando y las facturas falsas como amenazas a la seguridad nacional, por extralimitarse en sus facultades, al ampliar el catálogo constitucional de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, y violar los Derechos Humanos contenidos en la Constitución y los tratados internacionales obligatorios para México.
Recordemos, la prisión preventiva debe ser una medida excepcional. Contrariar esto vulnera la libertad personal y la presunción de inocencia que debe imperar en nuestro país.
Ya la SCJN ha demostrado que el Derecho puede ser un instrumento del cambio social para detener las venganzas, pero ¿qué pueden hacer las legislaturas locales y federales que apenas inician, si quieren demostrar su compromiso con los Derechos Humanos y ser acordes a un Estado Democrático y de Derecho? Demasiado, y proponemos los siguientes cuatro puntos, en lugar de que presenten iniciativas sin mayor sustento y que sólo aumentarían las personas encarceladas:
1.- Que deroguen todas las normas que encarcelen a mujeres que aborten;
2.- Que reduzcan al mínimo las conductas que ameriten prisión;
3.- Que eliminen los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, por ser inconvencionales; y
4.- Que revisen y ajusten las penas de prisión, acorde a los estándares internacionales de Derechos Humanos.
En síntesis: detener las venganzas.
Si cumplieran esta agenda, sería una auténtica transformación de la vida pública nacional y se cumpliría con el bloque de constitucionalidad en materia de Derechos Humanos, al que se encuentra obligado el Estado mexicano, lo que implica ser congruente con nuestros tiempos.