Las modificaciones buscan garantizar derechos de convivencia y medidas provisionales en casos de divorcio.
En sesión ordinaria, el Congreso del Estado aprobó por unanimidad reformas al Código Familiar de San Luis Potosí con el objetivo de implementar acciones de protección para los integrantes de la familia, especialmente en casos de divorcio incausado.
Entre las reformas destacan la modificación al artículo 11, que establece el derecho de convivencia de menores no solo con el progenitor no custodio, sino también con la familia extendida. Además, se dispone que, en caso de controversias, la autoridad jurisdiccional deberá intervenir para garantizar este derecho, siempre priorizando el interés superior del menor.
Asimismo, se reformó el artículo 91 para incluir medidas provisionales en divorcios incausados, buscando proteger a todos los integrantes de la familia como unidad básica de la sociedad.
El pleno también aprobó el dictamen que concluye la fase de revisión y cotejo del paquete documental de entrega-recepción del Congreso del Estado, instruyendo a sus órganos internos a reportar cualquier irregularidad detectada.
En cuanto a reformas constitucionales, se declararon aprobadas las modificaciones al artículo 8º para garantizar el derecho a la movilidad, y al artículo 26, que fortalece el derecho de petición.
Además, se reestructuró el Comité de Investigación y Evaluación Legislativa, el cual será presidido por el diputado Héctor Serrano Cortés.
Finalmente, se turnaron diversas iniciativas y correspondencias a las comisiones legislativas, y se agendaron nuevos puntos de discusión para la próxima sesión del 22 de noviembre en el Salón "Ponciano Arriaga Leija".