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CNDH niega privatización del agua en Querétaro; asegura que la concesión es permitida

CNDH niega privatización del agua en Querétaro; asegura que la concesión es permitida

Nación martes 21 de junio de 2022 -

Por Óscar Reyes Flores

La Comisión Nacional de los Derechos (CNDH) informó que en su régimen constitucional es inadmisible la privatización del agua, ya que esta siempre será propiedad de la Nación, por lo que solo “se permite su concesión por parte de la Federación”.

“La Comisión Nacional concluyó, primeramente, que la posibilidad de concesionar el servicio de agua potable no contraviene algún mandato de rango constitucional y convencional, pues la propia Ley Fundamental permite la concesión de servicios públicos en el artículo 28, párrafo décimo quinto”, se lee en un comunicado difundido este martes. 

También explicó que, conforme al artículo 115, fracción III, constitucional, los municipios tienen a su cargo diversas funciones y servicios públicos, entre los que se encuentra el agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales. 

En ese sentido, la CNDH explicó que, lo que se concesiona al sector privado o social en Querétaro no es la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, sino el servicio de agua potable.

Ello significa que, conforme al texto constitucional, la Ley queretana es respetuosa de ese marco, ya que la concesión no implica ni puede implicar la privatización de un bien o servicio, informó la CNDH. 

La Comisión detalló que el diseño del sistema normativo en su integridad no representa por sí mismo una transgresión al núcleo esencial del derecho humano al agua, pues esta ley sólo regula las bases de la prestación de un servicio público. 

En ese sentido, no se pierde de vista que corresponde al Estado garantizar ese derecho conforme a los estándares nacionales e internacionales, por lo que mantiene la administración, control, regulación y vigilancia de la totalidad del servicio, con independencia de que en su prestación intervengan particulares, siendo que estos no pueden actuar de forma discrecional y ausente del control estatal. 

Finalmente, la CNDH destacó que el análisis constitucional se llevó a cabo a la totalidad de la ley, sin advertir otras violaciones a derechos fundamentales. 

Foto: Cuartoscuro

 


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OR/CR

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