Cuando hablamos de eficacia de los derechos humanos, nos referimos a la situación de facto, que consiste en la observancia, cumplimiento o aplicación de estos derechos en la realidad social. Que los derechos humanos no sean simples catálogos o declaraciones de buenas intenciones. Que no se conviertan en "letra muerta".
Esta condición suele invocarse con cierta frecuencia, cuando se habla de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) que son derechos colectivos con carácter "difuso", pues su titular o destinatario no es la persona en lo individual, sino grupos más amplios de seres humanos.
La eficacia de los derechos humanos en general, pero en particular de los DESCA requiere de la previsión de recursos públicos presupuestales por parte del Estado, para la construcción de políticas públicas en materia de vivienda, salud, educación, medio ambiente, atención a grupos sociales en condiciones históricas desfavorables, etc.
La construcción del presupuesto público con perspectiva de derechos humanos debe además llevarse a cabo bajo el principio de transversalidad (apreciar a los derechos humanos como un todo, en su indivisibilidad e interdependencia) y tomando en consideración otros principios como el de interseccionalidad (diversas condiciones de vulnerabilidad pueden presentarse de manera conjunta en algunas personas o sectores sociales).
Pero esa construcción requiere que tanto el Poder Ejecutivo como la Cámara de Diputados del Poder Legislativo a nivel federal, y los correspondientes de las entidades federativas del país, trabajen en la difusión y aplicación de instrumentos internacionales y metodologías propias de la perspectiva de derechos humanos y la política fiscal.
Asimismo, herramientas como la racionalidad en el ejercicio del gasto público (también conocida como "austeridad"), el combate a la corrupción, la transparencia y rendición de cuentas, y la adecuada fiscalización del uso de los recursos públicos, entre otras, pueden contribuir al ejercicio del derecho humano al buen gobierno y la buena administración, pero en forma más amplia, pueden ayudar al estado a disponer de mayores recursos presupuestales para la implementación de políticas públicas en materia de derechos humanos, particularmente de los DESCA, y contribuir a la eficacia de estos derechos.
Estas medidas permiten a las autoridades del estado, cumplir con su deber constitucional (previsto en el artículo 1 de la Constitución) y también de carácter internacional (según diversos tratados celebrados por nuestro país), de garantizar los derechos humanos.
Flor de Loto: Es importante recordar que todos los recursos públicos provienen de las contribuciones de los ciudadanos, o de los empréstitos (deuda pública). Por esa razón, su adecuado manejo y uso debe verificarse a través del uso de las herramientas de las que disponen el estado y la sociedad, para cerciorarse del debido ejercicio del gasto público, y su adecuada aplicación en la construcción de políticas públicas que garanticen derechos humanos.