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Columnas
En mayo de este año se publicó en el DOF un Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y que específicamente concierne a la Secretaría de la Función Pública.
Dicho decreto revirtió los cambios realizados al inicio de la presente administración en materia de compras públicas, recordemos que estas funciones fueron transferidas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Como parte de esa reforma aprobada por el Congreso, hace poco más de un mes se publicó el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, esta disposición establece el modus operandi con el cual la Secretaría retoma la política en materia de contrataciones públicas, así como la coordinación de las Unidades Administrativas y de Finanzas y el funcionamiento de los Órganos Internos de Control.
Con este ordenamiento se establece que esta dependencia será la encargada de tres procesos fundamentales en torno al ejercicio de los recursos públicos, pues consolidará las compras y celebrará contratos marco para la adquisición de bienes, arrendamientos y servicios, será quien designe tanto a los titulares como a los primeros y segundos niveles jerárquicos vía designación directa, de la Unidades de Administración y Finanzas de las dependencias y entidades de la APF y fiscalizará a través de los Órganos Internos de Control el ejercicio de los recursos públicos federales.
Si bien la SFP no realizará directamente las compras establecerá las disposiciones para que las distintas dependencias contraten los bienes y servicios que requieran, lo cual busca generar economías de escala, es decir comprar mejor.
En cuanto a las Unidades de Administración y Finanzas, éstas seguirán dependiendo jerárquica, estructural y presupuestalmente de las dependencias a las que están adscritas, no obstante, al tener la capacidad de designar y remover a los responsables de estas, tendrá control total sobre el gasto, ya que éstas planean, presupuestan y programan el gasto.
Pareciera una ironía pensar que a menos de un año del relevo administrativo y a la par de la emisión de los lineamientos para la entrega – recepción del término de la administración gubernamental, se reconsidera la decisión de devolver la potestad de las compras gubernamentales a la SFP.
Con las nuevas atribuciones otorgadas a esta secretaría y utilizando términos beisbolísticos, el titular de la SFP consiguió un “triple play”, pues tiene el poder para controlar y decidir la planeación, ejecución y fiscalización del gasto público.
Si bien la iniciativa fortalece a la Secretaría, no debemos perder de vista el riesgo intrínseco que representa que el ejercicio y la fiscalización del gasto se encuentren centralizados en la misma institución, pues pone en tela de juicio criterios como la imparcialidad y la objetividad.
Referencias:
Sol A. Lara Kock. Especialista en Administración Pública con enfoque en compras públicas y privadas.