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Neurodiversidad

Neurodiversidad

Columnas lunes 10 de agosto de 2020 -


El cerebro humano es una máquina maravillosa, compleja y muy difícil de entender. Durante siglos, tanto las ciencias naturales como las disciplinas sociales han intentado escudriñar los misterios de la mente humana; sin embargo, a la fecha es mucho más lo que ignoramos, que lo poco que sabemos al respecto.
Además, resulta aún más complejo entender algunas condiciones atípicas del desarrollo mental; es decir, que se apartan del funcionamiento “regular” de la función cerebral. Algunas de estas condiciones se conocen genéricamente con la denominación de “neurodiversidad.”
Dentro de esta categoría se encuentran, por ejemplo, los trastornos generalizados del desarrollo (TGD) la dislexia, la dispraxia, el déficit de atención con o sin hiperactividad (TDAH) así como la condición del espectro autista, entre otros.
La neurodiversidad constituye una barrera u obstáculo para el normal desarrollo de las actividades cotidianas de las personas que viven con alguna de estas condiciones, debido a la falta de empatía, comprensión y sobre todo a las dificultades para visibilizar los efectos negativos en la interacción social, que esta condición impone.
Pero al mismo tiempo, en algunos casos, el cerebro neurodiverso puede suponer una ventaja comparativa. Una manera de ver lo que otros no ven. De percibir lo que no ha sido percibido por el cerebro neurotípico.
En ese doble carácter, como barrera y como ventaja, la neurodiversidad representa una oportunidad para enriquecer nuestra visión colectiva de la realidad. Pero es necesario construir una sociedad más tolerante y con mayor apertura para aceptar y ayudar a las personas neurodiversas o neurodivergentes, a enfrentar un mundo que no fue construido incorporando sus propias necesidades y características.
Es por ello que la lucha por la inclusión de las personas con alguna condición neurodiversa forma parte actualmente parte de un movimiento social en ascenso, que exige mayores niveles de respeto a la otredad o alteridad; así como un margen más amplio de protección del estado con respecto al ejercicio del “derecho a la diferencia,” noción que supera al viejo paradigma de la igualdad, que tomó auge desde finales el Siglo XVIII, con la revolución francesa.
La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, de observancia obligatoria en nuestro país, dispone la aplicación de ajustes razonables, entendidos como medidas necesarias que no impongan cargas excesivas a las autoridades, para poder superar las barreras u obstáculos que una discapacidad ocasiona.
La neurodiversidad, en su sentido negativo, constituye una discapacidad psicosocial. Es un funcionamiento diverso de la mente humana, que afecta el normal desarrollo social de las personas. No debe confundirse con una discapacidad intelectual, que constituye una forma distinta de discapacidad.
Flor de Loto: Toda condición de discapacidad (física, sensorial, intelectual, mental o psicosocial) requiere la aplicación de ajustes razonables diferenciados. Pero, sobre todo, requiere de empatía, respeto y tolerancia.


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