La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó la decisión de la Sala Especializada de ordenar al Órgano Interno de Control de la Oficina de la Presidencia sancionar al Coordinador General de Comunicación Social de la Presidencia de la República, Jesús Ramírez y al director de Cepropie, Erwin Sigrid Frederic por la difusión de la conferencia mañanera del 23 de diciembre de 2020.
Recordemos, que en la pasada "mañanera", Andrés Manuel López Obrador, incumplió con el principio de imparcialidad y neutralidad al referirse a la alianza opositora “Va por México” durante el proceso electoral.
Por su parte, Rodrigo Sánchez, secretario general de acuerdos, TEPJF, dio a conocer "se propone confirmar la resolución por la cual se dio vista al presidente de la República y al Órgano Interno de Control de la Oficina de la Presidencia para la imposición de la sanción que corresponda, con relación a la difusión de conferencia matutina del 23 de diciembre de 2020, en atención a que el mensaje contenido en ella era contrario al artículo 134 constitucional".
De igual manera, el secretario declaró "respecto del principio de obediencia jerárquica como eximente de responsabilidad, en el proyecto se propone establecer que este principio ni el ejercicio de facultades legales puede estar por encima de la observancia de los principios constitucionales, su actuar formó parte de la cadena que materializó la conducta infractora al poner a la disposición de los medios de comunicación la conferencia denunciada".
Redacción
Imagen: Cuartoscuro