Columnas
Desde el 5 de febrero, día en el que, en el marco del aniversario de la Constitución, el presidente Andrés Manuel López Obrador, presentara un paquete de 18 reformas que denominó el “Plan C”, diputados y senadores de todos los partidos políticos, se han concentrado solamente de estas leyes y cambios en la Carta Magna, dejando de lado otras iniciativas y temas pendientes, que por no estar en las prioridades del ejecutivo federal no forman parte de la agenda legislativa.
Entre esos pendientes, se encuentran los artículo 56, 57, y 58 contenidos en el Capítulo VI “de la Educación Indígena”, así como los artículos 61 a 68, contenidos en el Capítulo VIII “de la Educación Inclusiva” de la Ley General de Educación publicada el 30 de septiembre de 2019, y que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó en junio del 2021, al resolver que se transgredió el derecho de ser consultados de los pueblos y comunidades indígenas y afomexicanas y de las personas con discapacidad, previo a la expedición de la ley, de conformidad con los artículos 2° de la Constitución General, 6 del Convenio 169 de la OIT y 4, numeral 3, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Este hecho ha dejado muchas iniciativas de ley a nivel federal y local que tienen que ver con estos dos grupos, sin posibilidad de avanzar porque en términos reales estos capítulos “no existen” en la ley, porque tienen la leyenda “Capítulo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 30-06-2021 y publicada DOF 13-03-2023”.
Apenas la semana pasada Ricardo Monreal, coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, anunció discutirían y en su caso se aprobarían la reforma constitucional en materia de pueblos indígenas y afromexicanos, resaltando que “Es tiempo de saldar una deuda histórica y avanzar hacia la justicia, la dignidad y el respeto para todos. Esta iniciativa representa un gran avance hacia la justicia y el reconocimiento de su dignidad y derechos".
Dicha discusión y análisis, no es ninguna casualidad, la están realizando porque forma parte de las modificaciones planteadas en el Plan C, y que propone, reconocer en la Carta Magna a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, además de su derecho a la consulta libre, previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe.
En este sentido, y siendo uno de los puntos su derecho a la consulta…, lo que debemos esperar, es que los resultados de lo que se apruebe, tenga un impacto en lo que hasta hoy, se encuentra invalidado en la Ley General de Educación.
En lo que respecta al capítulo que se refiere a la educación inclusiva que contempla a las personas con discapacidad, a pesar de que derivado de la invalidación de la SCJN, en noviembre de 2022 en la Cámara de Diputados se realizaron cuatro foros de consulta de la Ley General de Educación en materia de educación inclusiva, sin embargo, no hay hasta el momento un documento final que indique que se cuentan con los elementos para que el Capítulo VIII de la LGE, “sea legal”.
Sin estos dos capítulos lo estipulado en el artículo 3º. Constitucional, en tanto que toda persona tiene derecho a la educación, que ésta sera obligatoria, universal, inclusiva, pública, gratuita y laica y que se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, no se está cumpliendo.
El “regresar” estos dos capítulos, el respetar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afomexicanas y de las personas con discapacidad deberá ser parte de las prioridades de la agenda legislativa, porque si no se hace, al segundo piso de la 4ª. Transformación le faltaran columnas importantes y seguiremos teniendo una Ley General de Educación desigual e inequitativa.
ROSALIA ZEFERINO SALGADO
Dra. en Educación y
Asesora en Comunicación Estratégica
e Imagen Pública