Con el confinamiento decretado por el Covid-19 hemos tenido que resguardarnos en casa dejando de lado el ejercicio pleno y autónomo de nuestros derechos. Esa limitación, la acatamos, en algunos casos, de manera voluntaria, sin necesidad de medios coercitivos, pero en otros se endureció su aplicación, limitando así las libertades de los individuos para decidir su resguardo, en aras de proteger su salud.
Esta atribución de las autoridades ha permeado, desde hace mucho tiempo, permitiendo que el Estado ejerza su poder para proteger a la población por razones de salud pública. En México, por la forma en que se ha ejercido el poder, estamos acostumbrados a ese tipo de decisiones y toleramos —en caso de emergencia— que intervengan para resolver la problemática, inclusive si ésta sólo atañe a nuestra esfera personal.
Tal vez, por lo reiterado de esa práctica, no nos damos cuenta de que, al entenderlo así, sacrificamos el pleno ejercicio de nuestros derechos y libertades, por lo que ahora más que nunca —ante esta situación inédita— lo consideramos “normal”, confinándonos con ello a un doble encierro, el de permanecer en casa y el de la limitación a no ejercer nuestros derechos. De esa manera, vamos perdiendo autonomía, entendida ésta como la facultad de una persona o entidad para obrar según su criterio, con independencia de la opinión o el deseo de otros.
Esto apertura un espacio que se aprovecha por quienes consideran a la población un objeto vulnerable, más que un sujeto de derechos con libertad para decidir. Por eso, aun cuando debamos permanecer en casa, no debemos permitir que se decida por nosotros, pues hacerlo concede a terceros el pleno ejercicio de nuestra autonomía.
Actualmente contamos con órganos que garantizan el pleno ejercicio de nuestros derechos, los cuales no deben verse disminuidos por ningún motivo, ni siquiera so pretexto de salvaguardar nuestra salud y la vida. El Estado está facultado para obrar en nuestro beneficio, dentro de un marco jurídico y de acción que respete ese ejercicio, aún confinados.
De no entenderlo así y exigir ese respeto, nos estaremos condenando al doble confinamiento, lo que abre una tercera puerta, que conduce a la idea de salvaguarda de las personas en un marco jurídico que no requiere de mayores actores que intervengan para, a su vez, salvaguardar sus derechos. Con una idea de austeridad se concibe que vigilar el ejercicio pleno de los derechos es caro, lo cual no es así. Con esa idea, se confina a los órganos creados para garantizar ese respeto, a la pérdida de su autonomía presupuestal, reduciendo el ejercicio de sus facultades para poder lograr ese objetivo.
Así, con esa idea de protección absoluta, se confina primero a los individuos y después a las instituciones, bajo premisas que no garantizan el ejercicio pleno de sus derechos y, por el contrario, limitan, en ambos casos, esa autonomía de que gozan para vivir en un entorno jurídico que garantice sus derechos.