La Corte Constitucional de Colombia ha reafirmado la importancia del respeto a la neutralidad religiosa en las instituciones educativas públicas, luego de estudiar el caso de un padre de familia que solicitó la protección de la libertad de culto de su hija en un colegio. El padre había solicitado que su hija fuera evaluada a través de trabajos escritos en lugar de asistir a clases de religión católica, ya que su familia profesa la religión cristiana.
El conflicto surgió cuando el padre, tras no recibir una respuesta formal de la escuela, encontró que su hija había sido evaluada con un 0,0 en la materia de religión. Esta calificación afectó significativamente el promedio académico de la niña y tuvo un impacto emocional negativo. El padre, en respuesta a esta situación, presentó una acción de tutela para proteger la libertad de cultos de su hija y posteriormente decidió cambiar a su hija a un colegio donde se respetaran sus creencias.
La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo, subrayó que, a pesar del fuerte arraigo de la religión católica en el país, la Constitución de 1991 establece un Estado laico. Esto implica que las instituciones educativas públicas deben mantener una postura neutral en materia religiosa. La Corte indicó que estas instituciones tienen prohibido promover una fe particular y deben garantizar que la educación religiosa que se imparta tenga un carácter histórico y cultural, ofreciendo alternativas para los estudiantes que opten por no recibir formación religiosa.