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El Convenio de Estocolmo (Parte 2)

El Convenio de Estocolmo (Parte 2)

Columnas jueves 18 de mayo de 2023 -

México ratificó en 2004 su adhesión al Convenio de Estocolmo y procedió a desarrollar su Plan Nacional de Implementación (PNI). Para este efecto la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales convocó a empresarios, académicos, muchas dependencias del gobierno federal y a nosotros los ambientalistas. Participé con RAPAM y el Colectivo Ecologista Jalisco durante varias semanas para la elaboración del PNI del Convenio de Estocolmo.
El Comité Nacional de Coordinación llevó a cabo la discusión nacional y el 31 de octubre del año 2007 fue publicado para su inmediata aplicación. Para llevarlo a cabo, el gobierno federal a través de su Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental debió haber convocado en el año 2008 a los gobiernos estatales, con sus respectivas dependencias estatales de salud, protección al medio ambiente, agricultura, educativas y de protección civil. A los Ayuntamientos del país.

A los cuerpos de bomberos. A las dependencias municipales y estatales de protección civil. A la Comisión Federal para la Prevención contra Riesgos Sanitarios. A las jurisdicciones sanitarias del país y a la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Hago énfasis en la reducción y eliminación de dioxinas y furanos como el problema más grave que sufre la humanidad por sus graves consecuencias a la salud de los seres humanos y de los ecosistemas. Las fuentes más importantes dioxinas y furanos denominados COPNIs (contaminantes orgánicos persistentes no intencionales) son los incendios forestales, la quema de pata o esquilmo y por supuesto su mayor generación sucede en la irresponsable e imperdonable quema permanente de 2,200 tiraderos a cielo abierto de residuos sólidos urbanos.

Como el tiradero de Guanajuato capital que estuvo incendiado del día 30 de abril hasta el día 11 de mayo de 2023, donde se generaron niveles de hasta 2,000 veces por arriba del límite máximo permisible de emisión de dioxinas y furanos señalado en la NOM-098-Semarnat-2002 que respiraron miles de guanajuatenses por no ser evacuados oportunamente. Ni el gobierno del Estado de Guanajuato, ni su Secretaría de Salud, ni su Secretaría de Medio Ambiente ni su Procuraduría Ambiental y mucho menos el Ayuntamiento de Guanajuato declararon la correspondiente emergencia ambiental demostrando su ignorancia supina sobre el PNI del Convenio de Estocolmo. Por este crimen me atrevo a afirmar que prácticamente nadie lo conoce.
*Carlos Alvarez Flores, Presidente de México, Comunicación y Ambiente, A.C.
Experto en Gestión de Residuos y Cambio Climático
www.carlosalvarezflores.com y Twitter @calvarezflores


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