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SCJN reinstaura facultades del presidente del IFT para realizar nombramientos

SCJN reinstaura facultades del presidente del IFT para realizar nombramientos

Nación martes 28 de septiembre de 2021 -

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las reformas hechas al estatuto del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que le quitaron al comisionado presidente de este órgano constitucional autónomo, la facultad de intervenir en el nombramiento de sus funcionarios.

De acuerdo con un comunicado del máximo tribunal, el pleno de la SCJN resolvió lo anterior al considerar que el punto segundo del acuerdo violaba la división de poderes y el principio de supremacía jerárquica de la ley, pues preveía que el pleno del IFT designaría directamente a ciertos servidores públicos, sin contar con una propuesta previa del comisionado presidente, en contravención a lo que expresamente dispone la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

"Con base en lo anterior, se califica fundado el concepto de invalidez del órgano actor, puesto que de acuerdo a lo impugnado, es contrario a la Ley Federal de Telecomunicaciones, en este sentido se estima violatorio el principio de supremacía jerárquica en la ley", precisó el ministro ponente José Fernando Franco.

Esta facultad le había sido retirada al presidente del IFT el año pasado a través de una reforma publicada el 2 de octubre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

En la reforma, la facultad de nombrar funcionarios, específicamente al titular de la Autoridad Investigadora y de la Secretaría Técnica del Pleno, en el IFT pasó del presidente al Pleno del instituto.

Por mayoría calificada de ocho votos, el Pleno de Ministros señaló que la independencia de los órganos constitucionales autónomos tiene límites en la Constitución y en las leyes.

El ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, sumó su voto al de la mayoría, dándole la razón al Senado, quien impugnó las reformas hechas por los comisionados del IFT, a su Estatuto Orgánico, en octubre del año pasado.

“El IFT no se Iguala al legislador democrático y mucho menos está por encima del legislador democrático, sostener esto sería, me parece, contrario a todo el régimen de división de poderes, de distribución de atribuciones, y sería en su origen antidemocrático”, explicó Zaldívar.


Imagen: Cuartoscuro


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FT/CR

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