El Diario Oficial de la Federación publicó el decreto por el que se adiciona el artículo 202 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que personas trabajadoras soliciten su reingreso al régimen obligatorio.
El 10 de octubre de 2023 el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen con proyecto de decreto que adiciona la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), a fin de que las y los trabajadores que han sido dados de baja del régimen obligatorio por falta de pago en sus cuotas puedan solicitar la continuación voluntaria.
La adición de un párrafo al artículo 202 de dicha ley establece que la persona trabajadora podrá solicitar por escrito su reingreso al régimen obligatorio a través de la continuación voluntaria, cuando hubiese causado baja por la falta de pago de las cuotas y aportaciones. La solicitud deberá formularse dentro de los 12 meses siguientes a la fecha de su baja en la continuación voluntaria.
El documento, turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, refiere que actualmente la Ley del ISSSTE no contempla la posibilidad de que la o el extrabajador pueda pedir su reingreso al régimen obligatorio a través de la continuación voluntaria, cuando hubiese causado baja por falta de pagos de cuotas, posibilidad que sí se contempla en la Ley del Seguro Social.
Por ello, indica, la modificación a la Ley del ISSSTE generará condiciones equitativas entre sistemas de seguridad social que permitan garantizar a las personas trabajadoras gozar de los beneficios que ofrece la seguridad social y de los derechos que han ganado, aunque hayan perdido el empleo, a través de sus aportaciones mediante la continuación voluntaria.
Asimismo, se fortalece la incorporación de medidas que se traducen en facilidades administrativas, certidumbre jurídica, mayor trasparencia en el manejo de los recursos y apoyo a la calidad del servicio, por lo que los beneficios son inmediatos.
Imagen: Gobierno México