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Teletrabajo, una realidad en México

Teletrabajo, una realidad en México

Columnas viernes 18 de diciembre de 2020 -

Por Arturo Escobar

En los últimos días del periodo ordinario de la Cámara de Diputados todos los grupos parlamentarios unimos esfuerzos para regular el trabajo a distancia o teletrabajo, todos sabemos el confinamiento domiciliario recomendado por las autoridades de salud a principios de año puso a prueba la capacidad y creatividad de la humanidad, para que las actividades, en la medida de lo posible y cuya naturaleza lo permitieran no se paralizaran.

Con ello, la modalidad de llevar a cabo las actividades laborales sin la necesidad de asistir a una oficina para sentarse en una computadora con acceso a internet, así como para asistir a reuniones llegó para quedarse, llegó con fuerza y sobre todo de manera inesperada, se multiplicó pasando de ser una excepción de unos pocos regulada por contratos muy específicos, a volverse parte de la cotidianidad de millones de mexicanos, volviendo urgente que los legisladores armonizáramos la legislación a esta nueva realidad social.

Cabe Señalar que a principios de la legislatura, las y los Diputados que integramos el Grupo Parlamentario del Partido Verde habíamos presentado similares, una de ellas buscaba que los trabajadores tuvieran cuando menos un día al mes, en donde pudieran desahogar sus actividades desde su casa; la otra buscaba flexibilizar las jornadas laborales para que de manera libre el patrón y el trabajador pudieran acordarlas; ambas propuestas destacaban las ventajas a favor del medio ambiente, a una mejor calidad de vida, así como para reducir el estrés y fortalecer de las relaciones familiares.

Sin duda la propuesta que fue aprobada por los legisladores de todos los grupos parlamentarios es robusta y retoma las propuestas del PVEM; lo aprobado da respuesta a diversas interrogantes que surgieron a lo largo de estos últimos meses, proporcionando certeza a los trabajadores y a los patrones.

Es importante destacar que el contenido de la misma define el teletrabajo, las características que reviste esta figura, asienta claramente la posibilidad de formar parte de los contratos colectivos de trabajo, establece y distribuye las obligaciones entre las partes, entre las que señalan que los patrones deberán encargarse del mantenimiento de los equipos de cómputo, así como el pago de servicios de telecomunicación y parte de los costos generados por concepto de energía eléctrica, respetar el derecho a la desconexión de los trabajadores, entre otros.

Por otro lado los trabajadores deberán remitir de manera oportuna el trabajo, recibir su salario similar al que recibe el trabajador presencial con funciones similares, así como cuidar y conservar los equipos que reciban, por otro lado los software de supervisión de teletrabajo deberá garantizar el derecho a la intimidad de las personas trabajadoras, señalando el uso de las cámaras y micrófonos para la supervisión de esta modalidad serán de carácter excepcional.

Con estas reformas, se atiende y dan las respuestas puntuales a una realidad que sencillamente nos alcanzó.







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/CR

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